PREGUNTAS FRECUENTES

¿TIENES DUDAS?

1.- Revisar que los datos personales:

  • Nombres y apellidos
  • Rut
  • Domicilio
  • Estado civil
  • Profesión u ocupación

2.- Revisar que los datos de la persona jurídica estén correctos:

  • Razón social
  • Rut
  • Domicilio
  • Personería

3.- Verificar los datos de la propiedad:

  • Número de la vivienda (estacionamiento y bodega en el caso que aplique).
  • Precio (precio total, valor reserva y monto del pie).
  • Forma de Pago y financiamiento (Contado, crédito hipotecario, etc.).

4.- Leer las cláusulas de salida del contrato (penalizaciones para ambas partes en caso de abandonar la compra).

5.- Revisar costos relacionados:

  • Gastos operacionales.
  • Fondo operacional

1.- Revisar que los datos personales:

  • Nombres y apellidos
  • Rut
  • Domicilio
  • Estado civil
  • Profesión u ocupación

2.- Revisar que los datos de la persona jurídica estén correctos, en caso que aplique:

  • Razón social
  • Rut
  • Domicilio
  • Personería

3.- Verificar los datos de la propiedad:

  • Número de la vivienda (estacionamiento y bodega en el caso que aplique).
  • Precio (precio total, valor reserva y monto del pie).
  • Forma de Pago y financiamiento (Contado, crédito hipotecario, etc.).

4.- Leer las cláusulas de salida del contrato (penalizaciones para ambas partes en caso de abandonar la compra).

5.- Revisar costos relacionados:

  • Gastos operacionales.
  • Fondo operacional.

Efectivamente, al firmar la promesa deberás pagar el pie asociado al valor de la propiedad.

Los costos pactados dentro de la promesa se pueden pagar mediante las diferentes modalidades que ofrece Inmobiliaria Puerto Nuevo Antofagasta.

Son gastos asociados a los procesos del Crédito Hipotecario.

1.- Estudio de título y Tasación: Informes realizados por la institución financiera que otorga el crédito, que acreditan la revisión legal de los antecedentes y propiedad.

2.- Borrador de escritura: Confeccionada por un abogado designado por la institución financiera que financia el crédito.

3.- Servicios notariales: La escritura de compraventa se firma en notaría, la tarifa dependerá de cada notario.

4.- Impuesto de timbre y estampilla

5.- Conservador de Bienes Raíces: Gastos asociados a la Inscripción, tanto del Dominio de la Propiedad como de los gravámenes en el Conservador de Bienes Raíces. El arancel del respectivo Conservador, dependerá del monto de la operación y de la ubicación del inmueble.

Es un monto que se cobra a cada copropietario de forma anticipada, para cumplir con los gastos de puesta en marcha del condominio y deben ser cancelados para afrontar ítems de gastos, que por su propia naturaleza, su pago no puede ser postergado.

Este fondo lo administra la administración del edificio y generalmente no supera una mensualidad de gasto común.

Es un estudio para verificar que los antecedentes del inmueble se encuentren en orden, en el sentido que el vendedor sea el verdadero dueño y poseedor de la propiedad, y que esta última no se encuentre afecta a limitaciones tales como usufructos, hipotecas, servidumbres, prohibiciones restricciones legales y judiciales, expropiaciones y otras, que impidan o dificulten la venta o transferencia del inmueble al comprador.

Las entidades financieras exigen contar con este estudio, para asegurar que no haya inconvenientes al inscribir válidamente el dominio del inmueble a nombre del comprador y las hipotecas y prohibiciones, constituidas, en su favor, para asegurar el pago del préstamo que otorguen a los compradores.

Una tasación es la determinación del valor de un bien raíz realizado por un experto o perito tasador teniendo en consideración diversos factores, tales como ubicación, atributos del terreno, incluidos dimensiones, forma y topografía, calidad de lo construido, antigüedad y estado de lo construido, diseño y apariencia, entre otras características.

Es la tasación no comercial que el fisco realiza sobre un bien raíz, con el fin de valorizarlo y aplicarle una contribución o impuesto territorial. Generalmente el avalúo fiscal es inferior al avalúo comercial.

Es un impuesto exigido por la Ley de Timbres y Estampillas, el cual es percibo por la Tesorería General de la República.

Se aplica a todas las operaciones de crédito solicitadas por cualquier persona natural o jurídica. Este cobro se paga incluso cuando se refinancia un préstamo.

La inscripción de dominio, es formalidad con la que se acredita quien es el dueño de una propiedad.

Un crédito para fines generales es prácticamente lo mismo que un crédito hipotecario, en el que una persona accede a un préstamo de hasta el 70% o el 80% del valor comercial de su propiedad, dejando ésta en garantía hipotecaria mientras dure el crédito.

Para propiedades con uso de suelo comercial, el Conservador de Bienes Raíces, exige un crédito hipotecario con fines generales. Es posible que el banco otorgue un crédito hipotecario, sin embargo, la escritura de compraventa saldrá con reparos una vez ingresada al Conservador.

Los seguros obligatorios que se deben contratar cuando se financia la compra de una propiedad a través de un crédito son:

  • Seguro de Incendio.
  • Seguro de Desgravamen, en caso que el comprador sea una persona natural.
  • Seguro de sismo.
  • Seguro de cesantía, en caso que el comprador sea una persona natural.
  • Seguro de invalidez, en caso que el comprador sea una persona natural.

Es un documento con un conjunto de normas dictado en conformidad a la Ley 19.537, regula el actuar de los copropietarios de una Comunidad. Dicho reglamento debe constar por escritura pública e inscribirse en el Registro de Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces que corresponda. Es un requisito previo para que el Condominio en cuestión se acoja a la Ley de copropiedad. El reglamento regula los derechos y obligaciones del copropietario, funciones del administrador y comité de administración, entre otras.

El bien común corresponde a todo aquello que no es de propiedad exclusiva de un propietario, este bien común está constituido por terreno, áreas verdes, y en general equipamiento del condominio de uso y goce de la totalidad de la comunidad.

Deben ser mantenidos y cuidados por la comunidad a través del administrador y comité de administración.

  • Conserjerías
  • Lavanderías
  • Piscinas
  • Quinchos, etc.
Si, por favor
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Hola...¿te podemos ayudar en algo?